
RENOVACIONES DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA DENEGADAS POR AUSENCIAS
En los últimos meses se están produciendo denegaciones de renovaciones de residencia no lucrativa basadas principalmente en las ausencias del territorio español, incluso cuando el solicitante cumple el resto de requisitos (medios económicos, seguro médico y antecedentes penales).
SITUACIÓN DETECTADA
La Administración está denegando en algunos casos por el mero hecho de haber permanecido fuera de España un determinado número de días, sin un análisis individualizado del expediente.
Esto genera situaciones en las que, cumpliéndose los requisitos legales, la renovación se rechaza de forma casi automática.
MARCO JURÍDICO
La STS 731/2023, de 5 de junio, anuló la posibilidad de extinguir una residencia por ausencias prolongadas cuando la base es únicamente reglamentaria y sin suficiente cobertura legal.
En la misma línea, la STS 564/2026, de 5 de mayo, refuerza la idea de que las ausencias no pueden operar de forma automática como causa de pérdida de una residencia válida sin base legal suficiente.
CONCLUSIÓN
Cuando la denegación de renovación se basa exclusivamente en las ausencias, existen argumentos jurídicos para su impugnación en vía contencioso-administrativa, especialmente si se cumplen el resto de requisitos de la autorización.
LLAMAMIENTO
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